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 Centro de Llamadas

Panamá ofrece especiales atractivos para la instalación de "Call Centers" o Centros de Llamadas, entre los cuales se destacan:

  • Interés Gubernamental. El gobierno nacional ha manifestado un interés particular por promover el desarrollo e instalación de empresas dedicadas a esta actividad.  Prueba de ello es la ya instalación en nuestro país de SITEL/Cable & Wireless (Outsorcing), DELL Computers y otros.
  • Fibra Óptica Submarina. En segundo lugar, en la República de Panamá convergen una serie de redes de fibra óptica submarina (Maya, Panamericano, Arcos I, SAM-PAC-MAC), que crea un modo de interconexión que facilita las labores de comunicación a nivel internacional al mismo nivel que los países más desarrollados del mundo.
  • Educación y Capacitación.  En tercer lugar, el gobierno de la República de Panamá en conjunto con la empresa privada, preocupados por incentivar este tipo de operaciones, tiene una serie de programas educativos encaminados a promover y facilitar el aprendizaje del idioma inglés entre nuestros jóvenes, a fin de proporcionar la mano de obra calificada que es necesaria para el desarrollo de este tipo de actividad.
  • Infraestructura.  En cuarto lugar, la infraestructura existente para este tipo de negocios es variada, incluyendo además de la oferta privada, una oferta gubernamental representada  a través de las zonas revertidas del Canal de Panamá, instalaciones que fueron dejadas por las fuerzas militares de los Estados Unidos de América al momento de salir de nuestro país en el año 1999.
  • Proximidad, Usos Horarios y Acento.  En quinto lugar, la proximidad de Panamá a los Estados Unidos,  (escasas 3 horas en un vuelo comercial Miami-Panamá) versus otras ofertas internacionales (India, Singapur, etc.) ofrecen una ventaja a la hora de mantener un control más oportuno, directo y cercano de las operaciones internacionales.  A este elemento debemos sumar un acento más neutro que el asiático y el mismo uso horario que Nueva York, versus las diferencias horarias tan radicales que existen por ejemplo entre Estados Unidos y Asia.
  • Seguridad. En sexto lugar, Panamá provee un ambiente seguro que permite minimizar el riesgo de mantener toda la infraestructura requerida para este tipo de operación en un solo lugar, principalmente después de la experiencia del 11 de septiembre de 2002.  A este aspecto de seguridad de las operaciones e infraestructura, debemos mencionar la existencia de un régimen de estabilidad jurídica único que garantiza un congelamiento del régimen legal vigente por un período de 10 años.
  • Uso del dólar.  En séptimo lugar, Panamá es un centro financiero internacional y un país cuya economía está basada en la prestación de servicios, donde converge la presencia de más de 100 bancos de todo el mundo y una economía totalmente dolarizada desde 1903 lo que potencia la prestación de servicios desde nuestro país.
  • Apertura.  En octavo lugar, Panamá ofrece precios de bienes y servicios a precios razonables frente a sus vecinos más próximos, además de mantener varios acuerdos de libre comercio, por ejemplo con Taiwán, El Salvador y  Canadá.
  • Trato Fiscal.  En noveno lugar y con el fin de crear un ambiente más atractivo a la instalación de empresas dedicadas a esta actividad, mediante Ley 54 de 25 de octubre de 2001 se exoneró a las empresas que brindan el servicio de llamadas para uso comercial (call center) del impuesto de US$1.00 por llamada internacional, establecido en la Ley 88 de 1961.
  • Incentivos Especiales.  En décimo lugar, y siendo que en Panamá se aplica el principio de territorialidad en materia fiscal, los ingresos que se generen por la prestación del servicio, siempre y cuando sea al extranjero, no están sujetos al pago de Impuesto Sobre la Renta.   Con base a la última reforma fiscal (Ley 8 de 15 de marzo de 2010) Los denominados centros de llamadas o call centers tributarán el Impuesto sobre la Renta sobre operaciones locales o interiores a la tarifa general establecida en este artículo.

Además, las empresas dedicadas a esta actividad, pueden acogerse a los beneficios que ofrece la Ley 25 de 1992 entre los cuales podemos mencionar: exoneración total del impuesto sobre la renta (operaciones externas); exoneración total del impuesto de importación sobre los bienes requeridos para la operación de la empresa; exoneración total del impuesto de exportación sobre los bienes producidos por la empresa para su exportación; entre otras.
 

 

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